Medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con ocasión de la pandemia COVID 19

En donde se atienden “las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con ocasión de la pandemia COVID 19, se establecen las siguientes condiciones y términos para la presentación de los informes de compras, importaciones y exportaciones a cargo de las Sociedades de Comercialización Internacional.
 
El informe correspondiente al año 2019 deberá presentarse mediante oficio dirigido al Grupo de Sistemas Especiales de Importación – Exportación y Comercializadoras Internacionales de la Dirección de Comercio Exterior de este Ministerio, debidamente suscrito por el Representante Legal, el contador público y el revisor fiscal, de ser del caso, a más tardar el 30 de mayo de 2020. El informe deberá incluir la relación de los certificados al proveedor anulados

Ver Circular 005 de 2020

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