imagen de Registro de Usuarios de VUCE

PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR – VUCE


Previamente a efectuar cualquier registro ante la VUCE, los usuarios deben estar inscritos en el Registro Único Tributario – RUT y tener actualizada la información inherente a este ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

REGISTRO DE USUARIO
Para el registro, el usuario interesado deberá realizar los pasos señalados en el manual “Procedimiento para el registro ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior”, ubicado en la opción “Ayuda” – “Registro de Usuarios VUCE” de la página web mencionada.

REGISTRÓ DE USUARIO A TRAVÉS DE AGENCIA DE ADUANA O APODERADO
Este método de registro aplica para aquellos usuarios que son representados por agencias de aduana o apoderados y que deciden realizar su registro y sus trámites a través de estos. Las agencias de aduana que ya se registraron ante la VUCE, pueden registrar este tipo de usuarios.

Para el registro, el usuario interesado deberá seleccionar la opción “Registro de usuario a través de agencia de aduana o apoderado”, digitar el usuario y contraseña que le fue asignado por la VUCE a la agencia de aduanas o apoderado y seguir los pasos del manual “Instructivo del procedimiento para el registro ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE”, opción “Ayuda” – “Registro de Usuarios" de la página web de la VUCE.

INSTRUCTIVO DE REGISTRO DE USUARIOS
En este documento se describe el proceso para crear usuarios; actualización de datos; radicación, firma y revocación de poderes especiales.

CONDICIONES DE USO REGISTRO DE USUARIO
En este documento se describen las condiciones y reglas sobre el buen uso de la plataforma en la Ventanilla Única de Comercio Exterior VUCE.

Ver Guía “Procedimiento para el registro ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior”